Se abre una puerta a la esperanza para el cobro de los servicios prestados de los interinos.
Hace unos días os comentamos en asamblea que la sección octava del Tribunal Superior de Justicia había dictado una sentencia señalando la decisión de la Comunidad de Madrid de reconocer únicamente los servicios prestados en el ámbito de esta Comunidad y para organismos dependientes de ella era ajustada a derecho y que habría que esperar a que otras secciones del Tribunal Superior de Justicia dictasen sentencias para ver si seguían el criterio de la sección octava. Otras secciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid están enmendando la plana a la sección octava y reconociendo, en base a una directiva europea, que los interinos tienen derecho al percibo de los trienios sin que puedan ser discriminados con relación al resto del personal.
Estaremos atentos a acontecimientos venideros
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